Los amantes del deporte de la caza, o quienes quieran acercarse al mismo, deben asumir como premisa la responsabilidad que implica disfrutar de esta actividad de ocio. Es necesario que los cazadores, y sus acompañantes, asuman la importancia de la seguridad,  tanto para ellos, como para el resto de individuos con los que puedan encontrarse en plena naturaleza.

La conservación de la fauna y del medio ambiente, son dos premisas que todo cazador conoce, él es el más interesado en que el entorno en el que disfruta, se mantenga limpio y salvo, para poder continuar con su afición.

Seguros obligatorios en la caza

La Ley 1/1970 de Caza y su Reglamento señalan como de obligatorio cumplimiento para cualquier cazador, estar al corriente de los pagos de un seguro de responsabilidad civil, que sirve para indemnizar a terceros de los daños causados por su actividad. Esta ley se completa con el Reglamento regulado por el Real Decreto 63/1994, de 21 de enero.

A parte de este seguro, el individuo que quiera dedicar su tiempo a la caza, debe tener en su poder una licencia de caza, una licencia de armas y el permiso por escrito para poder utilizar el coto.

Debe quedar claro que no todos los participantes en una cacería deben tener contratado un seguro de responsabilidad civil. Si su función es de ojeadores o de meros acompañantes, no es necesario que lo contraten. Tan solo es obligatorio para quien porte un arma y la utilice.

Antes de participar en una cacería, es necesario que conozcamos la legislación en activo de la Comunidad Autónoma en la que se organice la actividad. Ya que en algunas, a parte de la cobertura general del seguro se nos puede exigir una ampliación que cubra accidentes o defensa jurídica.

El seguro de accidente suele cubrir, no solo aquellos que sufra el tomador, incluso sin que sean culpa de un compañero, sino también los que puedan acontecer en el desplazamiento desde su casa al lugar en el que tiene lugar la cacería.

Seguros para el perro de caza

Dentro del seguro de responsabilidad civil, obligatorio para el cazador como ya se señaló, se incluye la cobertura por los daños que puedan ocasionar hasta dos perros adscritos a dicho seguro. Pero si se desea que se cubran también los percances que pueda sufrir el propio animal y los gastos veterinarios que lleven aparejados, se debe suscribir otro tipo de cobertura o ampliar la existente, algo que la mayoría de las aseguradoras permite. Incluso en caso del fallecimiento del animal, el cazador tiene la posibilidad de recibir una indemnización, cuyo valor depende del tipo de contrato suscrito. Señalar que dichas modificaciones de seguro no son exigidas por la ley.

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